El presupuesto por escrito es obligatorio. Si no fija plazo de garantía, la ley presume 30 días corridos desde la entrega. Los repuestos nuevos tienen 6 meses y los usados 3.
El artículo 21 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor obliga a los prestadores de servicios de reparación a entregar un presupuesto con un contenido mínimo. Un presupuesto verbal no cumple con esa obligación.
Además, el artículo 4 establece que la información se entrega en soporte físico, salvo que el consumidor elija expresamente otro medio. La elección es del cliente, no del taller: si querés el presupuesto en papel, te lo tienen que dar en papel.
Si el presupuesto no fija un plazo de garantía, la ley presume 30 días corridos desde que el trabajo se terminó y el vehículo se entregó. Pasado ese plazo no se puede reclamar por el trabajo.
| Tipo de repuesto | Garantía legal |
|---|---|
| Nuevo | 6 meses |
| Usado | 3 meses |
| La reparación en sí (si no se pactó otro plazo) | 30 días corridos |
Por eso conviene que el presupuesto diga si el repuesto es nuevo, remanufacturado o usado. No es lo mismo a la hora de reclamar.
El reclamo se inicia en Defensa del Consumidor de tu jurisdicción, o por la ventanilla única federal del Gobierno nacional. Con el presupuesto escrito y la factura, el reclamo tiene sustento; sin ellos, es la palabra de uno contra la del otro.
Fuentes y aclaraciones. Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, artículos 4 y 21, según la información publicada por la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza en www.mendoza.gov.ar. No es asesoramiento legal: ante un conflicto conviene consultar con la oficina de Defensa del Consumidor de tu jurisdicción.
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